¿Y la vida del concebido?
Por Óscar Díaz
La comisión especial revisora del Código Penal ha acordado despenalizar el aborto cuando el embarazo es consecuencia de violación sexual y cuando el fin es “evitar el nacimiento de personas con graves taras físicas o psíquicas” (denominado aborto eugenésico). En los argumentos a favor de esta despenalización, puede fácilmente apreciarse que está ausente (o soslayada) la consideración de la titularidad del derecho a la vida de quien morirá como consecuencia del aborto: el concebido.
Existe sobrada evidencia científica de que la vida del ser humano empieza en el momento de la concepción, es decir de la fecundación del óvulo por el espermatozoide. Tras la fusión de los núcleos gaméticos materno y paterno, el núcleo resultante es el centro coordinador del desarrollo, que reside en las moléculas de ADN, resultado de la adición de los genes paternos y maternos en una combinación nueva y singular. El embrión así formado es la primera realidad corporal de un nuevo ser humano, que no forma parte de la madre o de alguno de sus órganos, aunque dependa de ella para su propio desarrollo.
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En el marco del debate denominado: “Foro Salud Sexual y Reproductiva… en Debate”, organizado por la Comisión de Salud del Congreso de la República del Perú, para este viernes 22 de mayo en el Hemiciclo Raúl Porras Barrenechea del Congreso de la República, cuyo objetivo será examinar los alcances de los proyectos de ley Nºs 1062/2006-CR que propone la Ley General de Salud sexual y reproductiva, y el proyecto Nº 1422/2006-CR o “Ley que faculta a los adolescentes para acceder a servicios de salud a fin de recibir atención integral en salud sexual y reproductiva, con énfasis en VIH/SIDA y otras infecciones de transmisión sexual”; hago pública la carta que envié al Presidente de la Comisión de Salud, Población, Familia y Personas con Discapacidad, congresista Luis Wilson Ugarte, expresándole mi preocupación por una posible aprobación de estos proyectos.
Y ¿por qué esta preocupación si ninguno de los dos proyectos habla literalmente de la legalización del aborto? pues porque el término ‘salud sexual y reproductiva’ ha sido diseñado para que dentro de su generalidad quepan no solo los medios anticonceptivos –abortivos también- sino también el derecho a los procedimientos médicos que viabilicen el derecho de las mujeres a decidir cuándo y cómo tener a sus hijos, quiere decir que, si no quieren el hijo ya engendrado por cualquiera de las razones que se tejen, tendrían el derecho a recurrir a lo que llaman ‘interrupción del embarazo’, que no es otra cosa que un aborto.






